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VII.3o.C.23 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. SUS ACTOS TENDIENTES A CONVENIR LA OCUPACIÓN DE TERRENOS PROPIEDAD DE PARTICULARES, PARA QUE EN ELLOS PASE EL TENDIDO DE DUCTOS Y PARA LA REALIZACIÓN DE OTRAS ACTIVIDADES SIMILARES DE LA INDUSTRIA PETROLERA, NO SON ACTOS DE AUTORIDAD.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Enero de 2005; Pág. 1815

Precedentes

Amparo en revisión 159/2004. Enrique Bernardino de Jesús Cházaro Mavarak. 25 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretario: Rubén Rogelio Leal Alba. Nota: Por ejecutoria del 21 de agosto de 2013, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 63/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.