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1a./J. 100/2004Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

DILIGENCIAS DE DESLINDE. SON EQUIPARABLES A UN PROCEDIMIENTO DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Enero de 2005; Pág. 128

Precedentes

Contradicción de tesis 7/2004-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Primero y Tercero, ambos en Materia Civil del Sexto Circuito. 6 de octubre de 2004. Mayoría de tres votos. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Pedro Isaías Castrejón Miranda. Tesis de jurisprudencia 100/2004. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha seis de octubre de dos mil cuatro.