1a. CLII/2004Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
REPRESENTANTE COMÚN EN EL JUICIO DE AMPARO. CASO EN QUE SE CONVALIDA SU ACTUACIÓN.
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Diciembre de 2004; Pág. 377
La actuación de uno de los quejosos en representación de los restantes en la interposición de un recurso notoriamente improcedente, aunque expresamente no mencione que actúa con ese carácter, ni de autos se advierta tal representación, se convalida si contra el acuerdo desechatorio conjuntamente interponen el recurso de reclamación, si de esa manera promovieron tanto el amparo directo como el recurso de revisión.
Precedentes
Reclamación 216/2004-PL. Ramón Nogales Rosas y otros. 25 de agosto de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretaria: Claudia Alatorre Villaseñor.