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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de febrero de 2005, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 181/2004-SS en que participó el presente criterio.

IV.2o.A.113 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
179899
Clave de tesis
IV.2o.A.113 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Diciembre de 2004; Pág. 1352

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS. LAS EMPRESAS EXPORTADORAS TIENEN INTERÉS JURÍDICO PARA RECLAMAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTÍCULOS 2o., 4o., Y 11 DE LA LEY, QUE GRAVAN LA ENAJENACIÓN DE TABACOS LABRADOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Diciembre de 2004; Pág. 1352

Precedentes

Amparo directo 254/2003. Mercados Regionales, S.A. de C.V. 2 de abril de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretario: Marco Antonio Muñiz Cárdenas. Amparo directo 273/2003. Mercados Regionales, S.A. de C.V. 10 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: José Carlos Rodríguez Navarro. Secretaria: Rebeca del Carmen Gómez Garza. Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de febrero de 2005, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 181/2004-SS en que participó el presente criterio.

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