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XX.1o.99 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

PRÓRROGA DE LA RELACIÓN LABORAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS. AL NO SER UNA FIGURA PREVISTA EN LA LEGISLACIÓN BUROCRÁTICA LOCAL NO PUEDE APLICARSE SUPLETORIAMENTE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Noviembre de 2004; Pág. 2003

Precedentes

Amparo directo 28/2004. David Rojas Argüello. 11 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Felipe López Camacho, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Javier Alfredo Cervantes Gutiérrez. Notas: Por ejecutoria de fecha 13 de enero de 2006, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 196/2005-SS en que participó el presente criterio. Por ejecutoria de fecha 3 de septiembre de 2008, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 105/2008-SS en que participó el presente criterio.

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