I.6o.T.228 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. PRESUPUESTOS QUE DEBEN SATISFACER LOS PROFESORES DEFINITIVOS DE ASIGNATURA PARA LA EXPEDICIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA UN CONCURSO DE OPOSICIÓN CERRADO O PARA OBTENER UNA PROMOCIÓN DE CATEGORÍA O NIVEL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Octubre de 2004; Pág. 2421
Cuando un profesor definitivo de asignatura demanda la expedición de la convocatoria para un concurso de oposición cerrado o para promoción, ello resulta improcedente si aquél no ha satisfecho previamente el concurso de oposición para ingreso o abierto a que aluden los artículos 66 y 68 del Estatuto del Personal Académico de la Universidad Nacional Autónoma de México; disposiciones que deben acatarse en sus términos, junto con las demás contenidas en la ley orgánica de dicha institución, de los estatutos, reglamentos e instructivos que de la propia ley emanan, así como del contrato colectivo de trabajo que rige las relaciones del personal académico con la propia universidad, pues dicha institución educativa, por mandato constitucional, es autónoma, entre otros aspectos, en relación con el ingreso, promoción y permanencia de su personal académico, y dentro de sus atribuciones tiene la libertad de fijar las modalidades de las relaciones laborales con ese tipo de servidores.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 4516/2004. Claudio Augusto Osornio Ramírez. 3 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Lourdes Patricia Muñoz Illescas.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo IV, Segunda Parte-1, julio a diciembre de 1989, página 569, tesis de rubro: "
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, PROFESORES DE ASIGNATURA DE LA. PRESUPUESTOS LEGALES PARA OBTENER DEFINITIVIDAD O PROMOCIÓN.
"
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 134/2005-SS
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 142/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, diciembre de 2005, página 394, con el rubro: "
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. ES IMPROCEDENTE LA APERTURA DE UN CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA PROMOCIÓN O UN CONCURSO CERRADO QUE SOLICITA UN PROFESOR DE ASIGNATURA "B" PARA ACCEDER A LA CATEGORÍA DE PROFESOR ASOCIADO 'B'
."