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I.9o.C.124 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

SENTENCIA EN JUICIO MERCANTIL. PUEDE DEJAR A SALVO DERECHOS AL NO EXISTIR PROHIBICIÓN EN LA LEGISLACIÓN MERCANTIL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Septiembre de 2004; Pág. 1872

Precedentes

Amparo directo 2949/2004. Fianzas Monterrey, S.A., antes Fianzas Monterrey Aetna, S.A., Institución de Fianzas, Grupo Financiero Bancomer. 12 de mayo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Gonzalo Hernández Cervantes. Secretario: Raúl Angulo Garfias. Notas: Por ejecutoria de fecha 26 de abril de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 5/2006-PS en que participó el presente criterio. Esta tesis contendió en la contradicción 32/2008-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 80/2008, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, noviembre de 2008, página 132, con el rubro: " RESERVA DE DERECHOS. LOS JUECES ESTÁN FACULTADOS PARA REALIZARLA EN LOS JUICIOS ORDINARIOS MERCANTILES CUANDO NO ANALIZARON EL FONDO DE UN LITIGIO ."

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