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VII.2o.C.89 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DECLARACIÓN DE CONFESO. DEBE ANALIZARLA EL TRIBUNAL DE ALZADA, AL NO CONSTITUIR UNA VIOLACIÓN PROCESAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Septiembre de 2004; Pág. 1753

Precedentes

Amparo directo 138/2004. Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero. 27 de mayo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Isidro Pedro Alcántara Valdés. Secretaria: María Concepción Morán Herrera.

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