III.3o.A.38 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INATENDIBLES. LO SON AQUELLOS EN DONDE SE PLANTEA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA NORMA, SI LOS ARGUMENTOS ESGRIMIDOS NO FORMARON PARTE DE LA PRETENSIÓN EXPUESTA EN LA CONSULTA FISCAL REALIZADA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Julio de 2004; Pág. 1697
Si en una consulta fiscal el contribuyente plantea que se confirme su criterio interpretativo respecto de lo establecido en el
séptimo párrafo del artículo tercero transitorio de la Ley del Impuesto sobre la Renta
, vigente en el año dos mil dos, en relación con el diverso artículo
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de la ley respectiva, en el sentido de que puede ejercer la opción de no pagar el impuesto sustitutivo del crédito al salario y, a su vez, disminuir el crédito al salario pagado a los trabajadores, contra el impuesto sobre la renta a su cargo, o bien, contra el impuesto referido a terceros, los conceptos de violación donde se controvierte la constitucionalidad de los citados artículos resultan inatendibles, toda vez que su estudio está condicionado por la pretensión planteada en la consulta fiscal, que fue la interpretación de los preceptos mencionados aceptando su aplicación, y cuya respuesta en sentido negativo se impugnó en el juicio de nulidad, y no la inaplicabilidad de las normas cuya inconstitucionalidad pretende, toda vez que la protección constitucional no puede conceder más derechos de los que se discuten en el juicio natural.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 410/2003. Distribuidora de la Rosa, S.A. de C.V. 24 de febrero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Elías H. Banda Aguilar. Secretario: Luis Alfonso Hernández Núñez.