P. XVIII/2004 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
SENTENCIAS DE AMPARO. CARACTERÍSTICAS DE LAS CAUSAS DE EXCUSABILIDAD O INEXCUSABILIDAD DE SU INCUMPLIMIENTO.
[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Mayo de 2004; Pág. 143
En virtud de la diversidad de incidentes de inejecución de sentencia, con características propias, las causas que hacen excusable o inexcusable su incumplimiento operarán, en principio, en cada asunto en particular y podrán plantearse por las partes o advertirse de oficio por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero deberán ser de tal manera importantes, por la preeminencia de alguno de los valores en conflicto, que lleven con facilidad al convencimiento de que debe dispensarse el incumplimiento de la ejecutoria relativa.
Precedentes
Incidente de inejecución 62/2000. Sucesión testamentaria a bienes de Ángel Veraza Villanueva. 23 de marzo de 2004. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Margarita Luna Ramos y Humberto Román Palacios. Impedido: José Ramón Cossío Díaz. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Roberto Rodríguez Maldonado.
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintinueve de abril en curso, aprobó, con el número XVIII/2004, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veintinueve de abril de dos mil cuatro.