I.2o.P.79 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
ENCUBRIMIENTO POR FAVORECIMIENTO, SU ATIPICIDAD.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Mayo de 2004; Pág. 1776
De la interpretación sistemática y no meramente gramatical de la descripción típica contenida en el artículo
320, fracción III, del actual Código Penal para el Distrito Federal
, se desprende que tal figura delictiva se actualiza cuando de los medios de prueba que consten en el sumario se advierta que el sujeto activo oculta o asegura para el indiciado en diverso ilícito, el instrumento, objeto, producto o provecho del delito; empero, si en la especie lo que se demostró fue que el quejoso se limitó a ocultar el arma de fuego con la que aquél privó de la vida a una persona, tal actuar no lo efectuó en aras de favorecerlo, sino para eludir en todo caso la responsabilidad que pudiera resultarle, debido a que el arma de fuego era de su propiedad, cuanto más que de aquél proporcionó su nombre y domicilio.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 142/2004. 12 de febrero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Escobar Ángeles. Secretaria: Silvia Carrasco Corona.