XVII.2o.C.T.10 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
RENUNCIA. CUANDO EL TRABAJADOR AFIRMA QUE LA DIRIGIÓ A UNA PERSONA MORAL DIVERSA A LA DEMANDADA, LE CORRESPONDE A ÉL LA CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Abril de 2004; Pág. 1471
La renuncia es una manifestación unilateral de la voluntad en la que no interviene el patrón y, por ende, la redacción del documento que la contenga es atribuible exclusivamente al trabajador. Ahora bien, aun cuando es verdad que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
712 de la Ley Federal del Trabajo
, el operario no tiene obligación de conocer el nombre del patrón, o la razón social de la fuente de trabajo, por lo que el nombre de la persona a quien se dirige puede no ser el correcto, sin embargo, cuando la parte demandada le atribuye al trabajador la suscripción de una renuncia que dice le entregó, en la que no se asentó el nombre legal de la empresa, y el trabajador afirma que no la dirigió a la demandada, sino a una persona moral diversa, corresponde a éste demostrar esa afirmación.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 545/2003. Operadora Wal-mart, S. de R.L. de C.V. 24 de octubre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: José Martín Hernández Simental. Secretario: Juan Fernando Luévano Ovalle.