Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
VI.1o.A.153 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO TENDIENTE AL CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA PROTECTORA, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 113 DE LA LEY DE AMPARO. NO RIGE EN MATERIA AGRARIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Abril de 2004; Pág. 1393

Precedentes

Queja 81/2003. Secretario de la Reforma Agraria y otra. 4 de febrero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: Isabel Iliana Reyes Muñiz. Notas: Esta tesis contendió en la contradicción 46/2004-SS que fue declarada sin materia por la Segunda Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 2a./J. 159/2004. Esta tesis contendió en la contradicción 114/2004-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 159/2004, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, noviembre de 2004, página 121, con el rubro: " SENTENCIAS DE AMPARO. EN MATERIA AGRARIA OPERA LA CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS TENDENTES A OBTENER SU CUMPLIMIENTO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 113 DE LA LEY DE AMPARO ."

→ Más tesis en materia administrativa