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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 1 de diciembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 149/2004-PS en que participó el presente criterio.

I.7o.A.58 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
182560
Clave de tesis
I.7o.A.58 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Diciembre de 2003; Pág. 1447

RECLAMACIÓN. REGLAS PARA SU TRAMITACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Diciembre de 2003; Pág. 1447

Precedentes

Reclamación 17/2003. Secretario de la Reforma Agraria, firmando en su ausencia el Director General de Asuntos Jurídicos. 29 de octubre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Carlos Alfredo Soto Morales. Nota: Por ejecutoria de fecha 1 de diciembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 149/2004-PS en que participó el presente criterio.

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Registro digital (IUS): 182560