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1a./J. 65/2003 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

CONTRADICCIÓN DE TESIS. EL DEFENSOR DEL PROCESADO ESTÁ LEGITIMADO PARA FORMULAR SU DENUNCIA.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Diciembre de 2003; Pág. 24

Precedentes

Reclamación 82/96. 30 de octubre de 1996. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Jorge Humberto Benítez Pimienta. Contradicción de tesis 55/98. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito y el Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito. 2 de junio de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Ma. Edith Ramírez de Vidal. Contradicción de tesis 92/97. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito. 30 de agosto de 2000. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Roberto Javier Ortega Pineda. Contradicción de tesis 11/2001-PS. Entre las sustentadas por el ahora Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, el ahora Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito. 6 de febrero de 2002. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Rosaura Rivera Salcedo. Contradicción de tesis 37/2003-PS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, el Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito. 13 de agosto de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Jaime Salomón Hariz Piña. Tesis de jurisprudencia 65/2003. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de diecinueve de noviembre de dos mil tres.

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