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III.5o.C.56 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

PRUEBA CONFESIONAL. ES OPORTUNO SU OFRECIMIENTO SI SE HACE ANTES DE LA CITACIÓN PARA SENTENCIA AUNQUE ESTA ÚLTIMA SE HAYA SOLICITADO PREVIAMENTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Noviembre de 2003; Pág. 1007

Precedentes

Amparo directo 347/2003. Javier Peña Mendoza. 14 de agosto de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Alicia Guadalupe Cabral Parra. Secretaria: Jacqueline Ana Brockmann Cochrane. Nota: Por ejecutoria del 18 de abril de 2018, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 358/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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