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2a./J. 87/2003 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

CRÉDITO AL SALARIO. EL ARTÍCULO 115 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, EN VIGOR A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2002, AL ESTABLECER QUE LOS CONTRIBUYENTES ÚNICAMENTE PODRÁN EFECTUAR LA DISMINUCIÓN DE LAS CANTIDADES ENTREGADAS EN EFECTIVO A LOS TRABAJADORES POR ESE CONCEPTO, DEL IMPUESTO A SU CARGO O DEL RETENIDO A TERCEROS, NO TRANSGREDE LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Octubre de 2003; Pág. 45

Precedentes

Amparo en revisión 896/2003. Carmela, S. de R.L. de C.V. y otras. 5 de septiembre de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia; en su ausencia hizo suyo el asunto Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Lourdes Margarita García Galicia. Amparo en revisión 449/2002. Promotora Técnica de Servicios Profesionales, S.A. de C.V. y otras. 19 de septiembre de 2003. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Jorge Luis Revilla de la Torre. Amparo en revisión 514/2002. Adhesivos de Jalisco, S.A. de C.V. 24 de septiembre de 2003. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Andrea Zambrana Castañeda. Amparo en revisión 1014/2003. Tiendas Garcés, S.A. de C.V. y otras. 24 de septiembre de 2003. Cinco votos. Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán. Secretaria: Claudia Mendoza Polanco. Amparo en revisión 1109/2003. Grupo Embotelladoras Unidas, S.A. de C.V. y otras. 24 de septiembre de 2003. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Silvia Elizabeth Morales Quezada. Tesis de jurisprudencia 87/2003. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del tres de octubre de dos mil tres.

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