I.9o.A.77 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES EN AMPARO DIRECTO. LO SON AQUELLOS EN LOS QUE SE ADUCE QUE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Septiembre de 2003; Pág. 1357
En amparo directo son inoperantes los conceptos de violación en los que se aduce que la sentencia reclamada es violatoria de las garantías que en materia fiscal otorga el artículo
31, fracción IV, de la Constitución General de la República
, pues las sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales en ejercicio de sus funciones no revisten en modo alguno la naturaleza de contribuciones, por lo que en ellas no es necesario tomar en cuenta la capacidad contributiva ni la proporcionalidad o equidad tributarias.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 464/2002. Tupperware Products, S.A. 25 de junio de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Óscar Germán Cendejas Gleason. Secretario: Omar Pérez García.