I.4o.A.394 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
PERSONAL DE CARRERA DIPLOMÁTICO-CONSULAR. SU CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN ES UN ACTO DE MOLESTIA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Agosto de 2003; Pág. 1793
Conforme a los artículos
4o
.,
11
y
11 Bis de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
, y
91 de su reglamento
, el traslado del personal de carrera diplomático-consular mencionado en el primero de estos preceptos debe favorecer una equilibrada rotación entre áreas geográficas diversas y evitar dos adscripciones continuas de vida difícil o de pronunciada carestía. Así las cosas, el cambio de adscripción es un acto de molestia que implica someter su ejercicio a los supuestos del artículo
16 constitucional
. Tan es así que el Constituyente, en un caso análogo, el de los funcionarios judiciales federales, tutela su legal y razonable ejercicio y disposición de la facultad con el recurso de revisión administrativa previsto en el artículo
100, noveno párrafo, constitucional
. En esa tesitura, el cambio de adscripción implica una afectación o molestia en la situación y ámbito de las personas que puede afectar sus posesiones, entendidas como toda situación derivada de una relación jurídica que puede ser administrativa o asimilada a la de trabajo. Ello resulta de una cabal interpretación de los derechos fundamentales y sus garantías que debe hacerse, en caso de duda u oscuridad, conforme al principio in dubio pro libertate, a fin de comprender todos los supuestos posibles y conducentes a tutelar los valores que inspiran y se contienen en la Constitución.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 161/2003. 18 de junio de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Claudia Patricia Peraza Espinoza.