II.2o.C.417 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
PAGARÉ. LA FECHA DE SU VENCIMIENTO NO CONSTITUYE UN ELEMENTO ESENCIAL DE EXISTENCIA DE ESE TÍTULO; ASÍ, SU OMISIÓN RESULTA INCONDUCENTE PARA DECLARARLO INEFICAZ.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Julio de 2003; Pág. 1169
Atento que el artículo
171 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
estatuye expresamente que si en el pagaré se omite precisar la fecha de su vencimiento ha de considerarse pagadero a la vista, de ello se sigue indiscutiblemente que tal mención no constituye un requisito esencial o de existencia del título referido, conforme al diverso numeral
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de dicha legislación, y su omisión no afecta la procedencia de la acción intentada para su pago en términos del precepto
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de la misma; por consiguiente y en tal prelación, debe concluirse que tratándose del pagaré no tiene aplicación el diverso numeral
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de la referida ley, cuyo dispositivo se contrae sólo a la letra de cambio, en mérito de que el capítulo relativo de la ley de títulos en cita contiene la referida disposición expresa para suplir en los pagarés la falta de señalamiento de la fecha de pago.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 273/2003. 20 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos. Secretaria: Aimeé Michelle Delgado Martínez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, agosto de 2000, página 1216, tesis II.3o.C.16 C, de rubro: "
PAGARÉ. ÉPOCA Y LUGAR DE PAGO. NO SON REQUISITOS ESENCIALES PARA SU EXISTENCIA
.".