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I.9o.P.24 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

TESTIGOS DE CARGO. LA CIRCUNSTANCIA DE TENER VÍNCULOS SENTIMENTALES CON EL INCULPADO NO LOS EXIME DE RENDIR TESTIMONIO Y CAREARSE CON ÉSTE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Junio de 2003; Pág. 1085

Precedentes

Amparo directo 509/2003. 31 de marzo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Emma Meza Fonseca. Secretario: Luis Fernando Lozano Soriano. Nota: Aun cuando esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción 169/2010 , resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 35/2011 (9a.) con el rubro: " DECLARACIÓN DEL DENUNCIANTE. LA OMISIÓN DE HACER DEL CONOCIMIENTO A QUIENES MANTIENEN VÍNCULOS AFECTIVOS O DE PARENTESCO CON EL INCULPADO SOBRE SU DERECHO A NO DECLARAR NO TIENE CONSECUENCIAS JURÍDICAS (LEGISLACIÓN FEDERAL Y DEL ESTADO DE GUANAJUATO) .", lo cierto es que en el considerando cuarto, se excluyó a la misma del punto de la contradicción.