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I.7o.A.222 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

PEDIMENTOS DE EXTRACCIÓN. LAS AUTORIDADES ADUANERAS SON COMPETENTES PARA REVISARLOS Y, EN SU CASO, DETERMINAR LAS CONTRIBUCIONES, APROVECHAMIENTOS E IMPONER LAS SANCIONES RESPECTIVAS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Junio de 2003; Pág. 1038

Precedentes

Revisión fiscal 1187/2003. Administrador de lo Contencioso de Grandes Contribuyentes de la Administración de lo Contencioso de Grandes Contribuyentes, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica de las autoridades demandadas, del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Presidente del Servicio de Administración Tributaria. 14 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Carlos Alfredo Soto Morales.

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