I.7o.P.28 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
LESIONES. LA PÉRDIDA DE UNA PIEZA DENTARIA DEBILITA EN FORMA PERMANENTE LA FUNCIÓN DE MASTICACIÓN, NO OBSTANTE QUE PUEDA SER SUSTITUIDA MEDIANTE PRÓTESIS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Mayo de 2003; Pág. 1235
Conforme a la doctrina un órgano es el conjunto de partes que sirven para el ejercicio de una determinada función, entendido no en sentido anatómico, sino como la parte o unidad de la estructura corporal que realiza una función especial, no obstante sea considerada como necesaria o esencial para la vida; si el órgano está compuesto por varias piezas, existirá debilitamiento cuando sea destruido en parte y se perjudique su capacidad funcional. En este sentido, la avulsión de una pieza dentaria, que afectó la salud del pasivo, colma el tipo penal de lesiones, comprendidas en el artículo 291, en relación con el diverso 288 del Código Penal para el Distrito Federal de mil novecientos treinta y uno, al debilitar en forma permanente las condiciones físicas que poseía la víctima hasta antes de la lesión, en la función de masticación, que es propia del órgano de dentación y con ello a los sistemas digestivo y óseo del ser humano. Alteración en la salud que tiene el carácter de permanente, aun cuando la evolución de la ciencia médica permita la sustitución protésica de piezas dentarias, pues la consecuencia de afectación del delito sigue siendo la misma.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 197/2002. 14 de marzo de 2002. Mayoría de votos; unanimidad en relación con el tema contenido en esta tesis. Disidente: Carlos Hugo Luna Ramos. Ponente: Ricardo Ojeda Bohórquez. Secretario: Alejandro Gómez Sánchez.
Amparo directo 267/2003. 13 de febrero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Ángel Aguilar López. Secretario: Julio Veredín Sena Velázquez.