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VI.2o.C.314 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
184361
Clave de tesis
VI.2o.C.314 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Mayo de 2003; Pág. 1198

AGRAVIOS EN LA APELACIÓN. OBLIGACIÓN DEL TRIBUNAL DE ALZADA DE TOMARLOS EN CONSIDERACIÓN, NO IMPIDE QUE LOS DESESTIME POR INOPERANTES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Mayo de 2003; Pág. 1198

Precedentes

Amparo en revisión 451/2002. Promotora de Cultura y Servicio Social, A.C. 13 de febrero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.

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