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1a. LVII/2000 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

RENTA. EL ARTÍCULO 24, FRACCIÓN XVI, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIGENTE EN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE, QUE ESTABLECE EL MOMENTO EN QUE SE EFECTUARÁN LAS DEDUCCIONES TRATÁNDOSE DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES SUJETOS A IMPORTACIÓN TEMPORAL, VIOLA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Abril de 2003; Pág. 141

Precedentes

Amparo en revisión 3034/97. Kodak de México, S.A. de C.V. 25 de octubre de 2000. Mayoría de tres votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Disidente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Teódulo Ángeles Espino. Nota: Esta tesis aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, diciembre de 2000, página 262; por instrucciones de la Primera Sala se publica nuevamente con el nombre del disidente correcto en el precedente.

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