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VI.2o.C.287 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

COMPRAVENTA, CONTRATO PRIVADO DE. AUNQUE SEA DE FECHA CIERTA DEBE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD PARA QUE SURTA EFECTOS CONTRA TERCEROS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Abril de 2003; Pág. 1064

Precedentes

Amparo en revisión 439/2002. José Francisco Ernesto Colombres Aldama. 16 de enero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Notas: Por ejecutoria de fecha 19 de septiembre de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 38/2007-PS en que participó el presente criterio. Esta tesis contendió en la contradicción 127/2009 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 36/2010, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, mayo de 2010, página 243, con el rubro: " CONTRATO DE COMPRAVENTA. NO SE REQUIERE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD PARA ACREDITAR EL INTERÉS JURÍDICO PARA LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO ."