VII.1o.A.T. J/26 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
TIEMPO EXTRA ADICIONAL (TEA). FORMA PARTE DEL SALARIO PARA EFECTOS DE LA JUBILACIÓN SI SE PRUEBA QUE EL TRABAJADOR DE PETRÓLEOS MEXICANOS U ORGANISMOS SUBSIDIARIOS LO PERCIBIÓ EN FORMA REGULAR, CONTINUA Y PERIÓDICA, EN APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 371 DE LA SEGUNDA SALA DE LA H. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, CONSULTABLE EN LAS PÁGINAS 305 Y 306 DEL TOMO V DEL APÉNDICE AL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 1917-2000.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Marzo de 2003; Pág. 1673
Si en un juicio laboral se demuestra con los recibos de nómina u otro medio de prueba idóneo, que el actor, como trabajador de Petróleos Mexicanos o alguno de sus organismos subsidiarios, recibió en forma regular, continua y prolongada el pago del "TEA", o sea, el tiempo extra adicional, entonces, conforme al criterio sustentado por la Segunda Sala de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 371 y epígrafe: "
PETRÓLEOS MEXICANOS, JUBILACIÓN DE SUS TRABAJADORES DE CONFIANZA. EL BONO O INCENTIVO POR COMPENSACIÓN FORMA PARTE INTEGRANTE DEL SALARIO PARA EFECTOS DEL CÁLCULO DE LA PENSIÓN RESPECTIVA.
", visible en las páginas trescientos cinco y siguiente del Tomo V del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, aplicado por mayoría de razón, debe concluirse que dicho concepto formó parte de su salario y, en consecuencia, siguiendo el espíritu de la invocada jurisprudencia, considerarse que lo integra para los efectos del pago de la pensión jubilatoria.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 539/2002. Sergio David Figueroa Arias. 10 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Graciela Guadalupe Alejo Luna. Secretario: Francisco René Olivo Loyo.
Amparo directo 506/2002. José Francisco Suárez Bolán. 25 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Tomás Rafael Martínez González.
Amparo directo 628/2002. Óscar Luis Lezama Aguilar. 15 de noviembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Vicente Jasso Zavala.
Amparo directo 659/2002. Rodolfo Boylán Herrera. 28 de noviembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Tomás Rafael Martínez González.
Amparo directo 758/2002. Javier Coutiño Reyna. 13 de febrero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Francisco Reynaud Carús. Secretaria: Yolanda Guzmán Andrade.