III.1o.P.53 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
TRÁNSITO DE VEHÍCULOS, DELITO CON MOTIVO DEL. ES DE PELIGRO CONCRETO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE COLIMA).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Febrero de 2003; Pág. 1165
El delito con motivo del tránsito de vehículos, previsto por el artículo 143 del Código Penal para el Estado de Colima, que establece: "Se impondrán de tres días a tres años de prisión y multa hasta por treinta unidades e inhabilitación de derechos para conducir vehículos hasta por tres años al que conduzca un vehículo sin observar los deberes de cuidado que le incumben de acuerdo con las circunstancias y sus condiciones personales y ponga en peligro la vida o la salud personal o los bienes de alguien. ...", es un ilícito de peligro concreto, en el que la puesta en peligro de los bienes jurídicamente tutelados constituye un elemento del tipo, por lo que debe demostrarse que la acción del sujeto activo realmente produjo una situación de riesgo para la vida o la salud de una persona o personas determinadas, o en relación con sus bienes, y no solamente que existió una posibilidad abstracta de que esto sucediera.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 96/2002. 30 de mayo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Ana Victoria Cárdenas Muñoz, secretaria de tribunal autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretaria: María Dolores Celia Sánchez Rodelas.