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VI.2o.C.165 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, LA GARANTÍA DE, NO ES UN DERECHO SUSTANTIVO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Febrero de 2003; Pág. 1064

Precedentes

Amparo en revisión 463/2002. Jumbotex, S.A. de C.V. 23 de enero de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Elisa Tejada Hernández. Secretario: Héctor Enrique Hernández Torres. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, octubre de 1996, página 547, tesis I.6o.C.28 K, de rubro: " GARANTÍAS INDIVIDUALES. NO SON DERECHOS SUSTANTIVOS, SINO QUE CONSTITUYEN EL INSTRUMENTO CONSTITUCIONAL PARA SALVAGUARDAR ÉSTOS. ".

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