IV.3o.T.39 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
DOMICILIO. LA CREDENCIAL DE IDENTIFICACIÓN NO HACE PRUEBA PLENA DE ÉL. SÓLO SE LE DEBE OTORGAR VALOR INDICIARIO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Febrero de 2003; Pág. 1055
Los elementos principales para determinar el domicilio son la residencia constante y el asiento principal de los negocios, unidos a la voluntad de permanecer en el lugar en que se reside; luego, para acreditar el domicilio no puede servir una credencial de identificación en el que aparezcan los datos de aquél, pues ese documento sería idóneo para acreditar la identidad, más no es apto para justificar la residencia constante y el asiento de los negocios de una persona, porque no excluye legalmente la posibilidad de que tenga otro domicilio. Por tanto, la credencial de identificación expedida al absolvente de la prueba confesional no es prueba idónea para acreditar su domicilio en el lugar en que se expidió, pues lo único que acredita es sólo eso, la identidad de la persona, y para acreditar el domicilio debe estar adminiculada con otro elemento convictivo, por lo que no hace prueba plena del domicilio de la persona.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 559/2002. María Patricia Hernández Ortiz y otra. 9 de octubre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Torres Lagunas. Secretaria: Angélica María Torres García.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, marzo de 1999, página 1392, tesis XIV.3o.3 K, de rubro: "
DOMICILIO, LA CREDENCIAL DE ELECTOR NO HACE PRUEBA PLENA DEL. SÓLO SE LE DEBE OTORGAR VALOR INDICIARIO.
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