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XIX.4o.7 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

ERROR COMO VICIO DEL CONSENTIMIENTO. AUNQUE RECAIGA SOBRE EL MOTIVO DETERMINANTE DE LA VOLUNTAD, NO SIEMPRE PRODUCE LA INEXISTENCIA DEL ACTO JURÍDICO IMPUGNADO (ARTÍCULO 1278 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Enero de 2003; Pág. 1781

Precedentes

Amparo directo 257/2002. Asbjorn Hansen. 20 de septiembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Amaro Cázarez, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Juan Gabriel Sánchez Iriarte.

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