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III.1o.T.7 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SOBRESEIMIENTO FUERA DE AUDIENCIA, INDEBIDO DECRETAR EL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Diciembre de 2002; Pág. 827

Precedentes

Amparo en revisión 83/2002. Autobuses Urbanos Guzmanenses, S.A. de C.V. 11 de septiembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: Rubén Tomás Alcaraz Valdez. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 26/2002-PL , resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 10/2003, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVII, marzo de 2003, página 386, con el rubro: " SOBRESEIMIENTO. PROCEDE DECRETARLO FUERA DE LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, CUANDO SE ACTUALICE UNA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA, MANIFIESTA E INDUDABLE ."

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