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P. XLVI/2002 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

RENTA. EL ARTÍCULO 109, FRACCIÓN XI, PENÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, ES DE CARÁCTER HETEROAPLICATIVO.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Diciembre de 2002; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 168/2002. Marcelino Apolinar Arzate Martínez. 31 de octubre de 2002. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Genaro David Góngora Pimentel y José Vicente Aguinaco Alemán. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretarias: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco y Lourdes Margarita García Galicia. Amparo en revisión 169/2002. Jorge Gómez Velázquez. 31 de octubre de 2002. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Genaro David Góngora Pimentel y José Vicente Aguinaco Alemán. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarias: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco y Lourdes Margarita García Galicia. Amparo en revisión 186/2002. Mauricio López Noriega. 31 de octubre de 2002. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Genaro David Góngora Pimentel y José Vicente Aguinaco Alemán. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretarias: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco y Lourdes Margarita García Galicia. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy dieciocho de noviembre en curso, aprobó, con el número XLVI/2002, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a dieciocho de noviembre de dos mil dos.

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