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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 29 de octubre de 2003, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 152/2002-SS en que participó el presente criterio, al haber quedado definida la cuestión controvertida en un nuevo marco jurídico.

VIII.1o.44 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
185526
Clave de tesis
VIII.1o.44 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Noviembre de 2002; Pág. 1163

PERSONALIDAD. EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SE ENCUENTRA AUTORIZADO PARA TRANSMITIR A LOS APODERADOS QUE ÉL DESIGNE LA FACULTAD PARA QUE ÉSTOS A SU VEZ SUSTITUYAN EL PODER A UN TERCERO EN FORMA LIMITADA (ARTÍCULO 14, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Noviembre de 2002; Pág. 1163

Precedentes

Amparo en revisión 441/99. Darwin Omar Requena Rangel. 17 de abril de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: José Roberto Cantú Treviño. Secretario: Gilberto Andrés Delgado Pedroza. Amparo en revisión 213/2002. Fernando Ricardo Reyes Hernández y coags. 20 de septiembre de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Ezequiel Neri Osorio. Secretario: Víctor Hugo Zamora Elizondo. Nota: Por ejecutoria de fecha 29 de octubre de 2003, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 152/2002-SS en que participó el presente criterio, al haber quedado definida la cuestión controvertida en un nuevo marco jurídico.

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