I.1o.T.138 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO. CLÁUSULAS FUTURAS DE REALIZACIÓN INCIERTA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Noviembre de 2002; Pág. 1126
El cumplimiento de las obligaciones pactadas en los contratos individuales de trabajo que se encuentran sujetas a la realización de una determinada condición, se torna exigible hasta que ésta se cumple, porque en ese tipo de pactos las obligaciones nacen siempre que el hecho futuro e incierto se verifique.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 11361/2002. Zlatko Petricevic. 27 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso. Secretaria: Miryam Nájera Domínguez.