VI.3o.A.14 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. RESULTAN INATENDIBLES LOS ARGUMENTOS TENDENTES A DEFENDER DERECHOS DE TERCEROS PARA OBTENERLA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 1460
Si se vierten argumentos tendentes a defender intereses ajenos a los de la parte quejosa, son inatendibles para lograr la concesión de la medida suspensional que se solicita, pues con independencia de que tales puntos de vista fueran aceptables o no, lo cierto es que en el juicio de amparo y, por ende, en el incidente de suspensión, no pueden defenderse tales intereses, al ser un reclamo que no proviene directamente del posible afectado, razón por la cual, si éstos con la ejecución de las consecuencias de los actos reclamados se afectan o no, son cuestiones que no pueden abordarse en dicho incidente con el fin de decidir sobre la suspensión solicitada.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 37/2002. Cobe de México, S.A. de C.V. 2 de agosto de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Antonio Pescador Cano. Secretario: José Guerrero Durán.