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XVI.1o.8 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

COMPROBANTES FISCALES. REQUISITOS QUE DEBEN SATISFACER, TRATÁNDOSE DE SUCURSALES (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 1348

Precedentes

Amparo directo 99/2002. Electro Pinturas Muñoz, S.A. de C.V. 7 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Quesada Sánchez. Secretaria: Claudia Alonso Medrano. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 209/2008-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 26/2009, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, marzo de 2009, página 413, con el rubro: " COMPROBANTES FISCALES. REQUISITOS QUE DEBEN SATISFACER, TRATÁNDOSE DE CONTRIBUYENTES QUE TENGAN MÁS DE UN LOCAL O ESTABLECIMIENTO (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 29-A, FRACCIÓN I DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN) ."

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