Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
VIII.2o. J/38 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

PRESTACIONES EXTRALEGALES EN MATERIA LABORAL. CORRESPONDE AL RECLAMANTE LA CARGA PROBATORIA DE LAS.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Julio de 2002; Pág. 1185

Precedentes

Amparo directo 93/95. Juan Ramos Frías. 30 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Novales Castro. Secretaria: Arcelia de la Cruz Lugo. Amparo directo 225/95. Francisco Gurrola García. 22 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Rodríguez Olmedo. Secretario: Hugo Arnoldo Aguilar Espinosa. Amparo directo 443/96. José Luis Mireles Nieto. 8 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio López Padilla, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Hugo Arnoldo Aguilar Espinosa. Amparo directo 131/2002. José Antonio Frausto Flores. 6 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Arcelia de la Cruz Lugo. Secretario: Hugo Arnoldo Aguilar Espinosa. Amparo directo 169/2002. Jorge Antonio González Ruiz. 6 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Arcelia de la Cruz Lugo. Secretario: Juan Francisco Orozco Córdoba. Véase: Tesis VI.2o.T. J/4 que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, julio de 2002, página 1171. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 211/2020 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de presidencia de 19 de octubre de 2020.

→ Más tesis en materia laboral