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I.9o.C.66 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN. EL DEMANDADO TAMBIÉN PUEDE PROMOVERLO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Julio de 2002; Pág. 1314

Precedentes

Amparo en revisión 1649/2001. Grupo Almacenador Mexicano, S.A. de C.V. 29 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Indalfer Infante Gonzales. Secretario: Marco Antonio Zapién García. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 33/2006-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 111/2006, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, febrero de 2007, página 337, con el rubro: "INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN. QUIEN OBTIENE SENTENCIA DESFAVORABLE TAMBIÉN PUEDE PROMOVERLO (LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE SAN LUIS POTOSÍ, MICHOACÁN Y DEL DISTRITO FEDERAL) ."

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