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II.2o.C.357 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DIVORCIO POR FALTA DE MINISTRACIÓN DE ALIMENTOS. PROCEDE AUN CUANDO LA ESPOSA TRABAJE PARA SOSTENERSE Y CUBRIR LOS GASTOS DEL HOGAR, SI ES INJUSTIFICADA LA OMISIÓN DE OTORGARLOS POR SU CÓNYUGE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Julio de 2002; Pág. 1288

Precedentes

Amparo directo 153/2002. Elda Lambarria Ambriz. 30 de abril de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Noé Adonai Martínez Berman. Secretario: Saúl Manuel Mercado Solís.

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