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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/186617
P. XXVI/2002 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal
Registro digital (IUS)
186617
Clave de tesis
P. XXVI/2002
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Constitucional, Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Julio de 2002; Pág. 6

DELINCUENCIA ORGANIZADA. EL ARTÍCULO 2o., PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY DE LA MATERIA, NO VIOLA LA GARANTÍA DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO 6o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Julio de 2002; Pág. 6

Precedentes

Amparo en revisión 173/2001. 25 de junio de 2002. Once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Alberto Miguel Ruiz Matías. Amparo en revisión 444/2001. 25 de junio de 2002. Once votos. Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán. Secretaria: Martha Yolanda García Verduzco. Amparo en revisión 446/2001. 25 de junio de 2002. Once votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Gonzalo Arredondo Jiménez. El Tribunal Pleno, en su sesión pública celebrada hoy veinticinco de junio en curso, aprobó, con el número XXVI/2002, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veinticinco de junio de dos mil dos.

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