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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de septiembre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 55/2008-PS en que participó el presente criterio.

II.1o.P.118 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
186856
Clave de tesis
II.1o.P.118 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Mayo de 2002; Pág. 1279

ROBO. VALOR PROBATORIO DEL DICTAMEN PERICIAL EN MATERIA DE VALUACIÓN, CUANDO NO SE TUVIERON A LA VISTA DEL PERITO EXPERTO LOS OBJETOS DE AQUÉL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Mayo de 2002; Pág. 1279

Precedentes

Amparo directo 610/2001. 10 de enero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Legorreta Segundo. Secretaria: Gabriela González Lozano. Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de septiembre de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 55/2008-PS en que participó el presente criterio.

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