VI.3o.A.9 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
ESFERA DE DERECHOS DEL GOBERNADO. NO PUEDE ALCANZAR SU INALTERABILIDAD HACIA EL FUTURO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Mayo de 2002; Pág. 1217
No es dable pretender que el statu quo jurídico de los gobernados quede inalterable hacia el futuro, es decir, que no pueda verse sujeto a cambios, pues de ser así se caería en el inaceptable caso de que el Estado se viera imposibilitado para ir adecuando el marco jurídico a las variantes sociales, políticas y económicas, siempre con miras del bienestar general. Lo que sí no puede hacerse en respeto a la garantía de irretroactividad de la ley que establece el artículo
14 de la Constitución Federal
, es que con la nueva normatividad se alteren o desconozcan situaciones jurídicas adquiridas con anterioridad.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 457/2001. Textilera Hemisférica, S.A. de C.V. 11 de febrero 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Antonio Pescador Cano. Secretario: Jorge Arturo Gamboa de la Peña.