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VI.1o.P. J/30 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
187006
Clave de tesis
VI.1o.P. J/30
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Mayo de 2002; Pág. 909

ATAQUES A LAS VÍAS DE COMUNICACIÓN POR INFRACCIONES COMETIDAS EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ. ES UN DELITO QUE SE PERSIGUE DE OFICIO QUE CUALQUIER PERSONA LO PUEDE DENUNCIAR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Mayo de 2002; Pág. 909

Precedentes

Amparo directo 217/99. 30 de septiembre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretaria: María Guadalupe Mares Velázquez. Amparo directo 238/2001. 21 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Loranca Muñoz. Secretaria: María Eva Josefina Lozada Carmona. Amparo directo 441/2001. 25 de octubre de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretario: Víctor Vicente Martínez Sánchez. Amparo directo 547/2001. 8 de febrero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretario: Víctor Vicente Martínez Sánchez. Amparo directo 25/2002. 22 de marzo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretario: Víctor Vicente Martínez Sánchez.

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