VI.2o.C.245 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
SUPLENCIA DE LA DEFICIENCIA DE LOS AGRAVIOS Y ESTUDIO OFICIOSO DE LA PERSONALIDAD. DIFERENCIAS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Abril de 2002; Pág. 1358
Debe decirse que existe diferencia sustancial entre el imperativo que constriñe al tribunal de apelación a estudiar oficiosamente la personalidad de los contendientes y el caso en que procede suplir la deficiencia de los agravios de quien se inconforma con una sentencia; en efecto, la responsable debe suplir la deficiencia de los motivos de inconformidad, únicamente en los casos previstos en el artículo 509 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, que dispone: "El tribunal deberá suplir la falta de agravios o la deficiencia de los expresados: I. Cuando el juicio verse sobre derechos familiares; y II. Cuando intervengan por lo menos un menor como parte, si por falta de esa suplencia pudieran verse afectados su estado civil o su patrimonio.". Ahora bien, el estudio de la personalidad de las partes no se encuentra dentro de las hipótesis del precepto anteriormente transcrito y, por tanto, aun cuando ésta procede estudiarla de oficio, desde luego, ello no exime al apelante de la carga procesal de expresar agravios relacionados con ese tema, cuando fue resuelto en la sentencia de primer grado, puesto que al omitir controvertirlo deja firme el pronunciamiento emitido por el Juez natural sobre el particular.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 15/2002. Celestino de la Cruz y otra. 15 de febrero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Eduardo Iván Ortiz Gorbea.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, enero de 2001, página 97, tesis 1a./J. 37/2000, de rubro: "
PERSONALIDAD. PROCEDE SU ESTUDIO DE OFICIO EN LA APELACIÓN, CUANDO SE REVOCA LA SENTENCIA QUE DECLARA IMPROCEDENTE LA VÍA, ANTE LA INEXISTENCIA DE REENVÍO
.".