I.2o.P.56 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
MILITARES, DELITOS COMETIDOS POR, COMISIONADOS A LA POLICÍA FEDERAL PREVENTIVA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Abril de 2002; Pág. 1294
Si un militar, en términos de los artículos
21 constitucional, párrafos penúltimo y último
, y
10 de la Ley de la Policía Federal Preventiva
, es comisionado para desempeñar un servicio en la Policía Federal Preventiva y en coordinación con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, pero al realizar tal servicio comete un delito, debe entenderse que ese hecho criminoso lo realiza al estar en servicio y con motivo de actos de servicio militar como el artículo
57 del código castrense
lo prevé, puesto que técnicamente depende del cuerpo de policía militar y administrativamente de la Secretaría de la Defensa Nacional.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Competencia 122/2001. Suscitada entre el Juez Primero Militar adscrito a la Primera Región Militar y el Juez Vigésimo Tercero Penal del Distrito Federal. 21 de enero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Secretaria: María del Carmen Rojas Letechipia.