VII.2o.A.T.35 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
COMPROBANTES FISCALES. INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 29, 29-A Y 83, FRACCIÓN VII, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Marzo de 2002; Pág. 1309
El análisis de los artículos
29
,
29-A
y
83, fracción VII, del Código Fiscal de la Federación
, conduce a la convicción de que la intención del legislador al emplear la expresión "sin los requisitos fiscales" en la fracción VII del artículo 83 del código de la materia, fue señalar, en forma genérica, que el contribuyente comete una infracción con el hecho de expedir un comprobante fiscal sin reunir alguno de los requisitos que para tal efecto establece el propio código, mas no que para la actualización de la infracción sea necesario que tales comprobantes carezcan de la totalidad o más de un requisito, ya que para incurrir en la hipótesis sancionada basta con que no se cumpla con uno de ellos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 96/2001. Proveedora de Equipo y Refrigerantes, S.A. de C.V. 23 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Raúl Arias Martínez. Secretaria: Rosenda Tapia García.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, marzo de 1999, página 1382, tesis I.7o.A.47 A, de rubro: "
COMPROBANTES FISCALES. INTERPRETACIÓN DE LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 83 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
.".