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XXI.3o.7 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

SUSTITUCIÓN DE TESTIGOS EN EL ACTA PARCIAL DE VISITA DOMICILIARIA. DEBEN CIRCUNSTANCIARSE LOS MOTIVOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Febrero de 2002; Pág. 938

Precedentes

Amparo directo 180/2001. Inmobiliaria Miramar, S.A. de C.V. 5 de julio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Isidro Avelar Gutiérrez. Secretaria: Gloria Avecia Solano. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, abril de 1996, página 324, tesis II.1o.P.A.18 A, de rubro: " ACTA PARCIAL DE VISITA DOMICILIARIA. SUSTITUCIÓN DE LOS TESTIGOS. DEBE CIRCUNSTANCIARSE EL MOTIVO. ".

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