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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 1 de junio de 2021, el Pleno en Materia Civil del Primer Circuito, declaró inexistente la contradicción de tesis 2/2021, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

I.3o.C.248 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
188149
Clave de tesis
I.3o.C.248 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 1775

PÓLIZA DE FIANZA. LOS REQUERIMIENTOS DE PAGO INTERRUMPEN LA PRESCRIPCIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 1775

Precedentes

Amparo directo 1456/85. Afianzadora Mexicana, S.A. 8 de agosto de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Gustavo Sosa Ortiz. Amparo directo 5333/99. Pemex Exploración y Producción. 15 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretario: Óscar Rolando Ramos Rovelo. Nota: Por ejecutoria del 1 de junio de 2021, el Pleno en Materia Civil del Primer Circuito, declaró inexistente la contradicción de tesis 2/2021, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

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Registro digital (IUS): 188149