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I.6o.P.30 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

LEGÍTIMA DEFENSA DE BIENES JURÍDICOS DE TERCEROS. LA PROVOCACIÓN DEL AGREDIDO NO INHABILITA A QUIEN LO DEFIENDE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Diciembre de 2001; Pág. 1751

Precedentes

Amparo directo 1946/2001. 15 de agosto de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Emma Meza Fonseca. Secretario: Luis Fernando Lozano Soriano.

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